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martes, 22 de noviembre de 2011

Rosario: Plazas aromáticas

Obras de arte en edificios y plazas aromáticas

Se votaron sendas ordenanzas presentadas por el concejal Jorge Boasso, de IRR, por las que se dispone, por una de ellas la obligatoriedad de exhibir y conservar un mínimo de una obra de arte de artistas rosarinos en todos los edificios públicos municipales y edificios privados que se construyan desde la promulgación de la norma, y por la otra se crea en el ámbito de la ciudad las plazas aromáticas.

En la ordenanza sobre las obras de arte se establece que se entiende como edificios privados a "las edificaciones destinadas a viviendas de propiedad horizontal, oficinas, bancos privados, entidades financieras y hoteles" y en cuanto a edificios públicos municipales a los Centros Municipales de Distrito (CMD), las sucursales del Banco Municipal de Rosario y "aquellos edificios municipales en los cuales los ciudadanos realizan trámites oficiales en general".

Mientras que considera obras de arte a pinturas, murales o esculturas que puedan alojarse a cielo abierto o en las áreas comunes de los edificios que las alberguen "construidas con materiales durables como cemento, mármol, piedra, granito, bronce, acero, aluminio, resina epóxica, maderas, vitrales, cerámicas, esmaltados y cualquier otro material que pueda incorporarse con ese carácter" y establece para interiores a los anteriormente descriptos más "pinturas, tapices, acuarelas, dibujos, murales y yeso".

Se establece que la Secretaría de Cultura municipal, a través de un comité consultivo, convocará a los artistas plásticos rosarinos interesados a inscribirse en un registro. Igualmente en la ordenanza se establece que el comité consultivo estará constituido por destacados artistas y autoridades del área de Cultura de la ciudad de Rosario y un representante del Concejo Municipal.

En tanto y respecto a las plazas aromáticas se determina que se creen nuevas o se adapte parte de espacios verdes o plazas "para personas no videntes o disminuidos visuales, con plantas aromáticas y piso de diferente textura, que tendrá por objetivo "brindar a las personas no videntes y disminuidas visuales un espacio propio de esparcimiento y disfrute del aire puro con aromas".

Respecto al espacio se precisa que deberá contar con especies vegetales que despidan fuertes fragancias para que puedan ser percibidas por el olfato del tipo de lavanda, glicina, romero, hazmines, mentas y madreselvas, entre otras y pisos de distintas texturas y colores que puedan ser percibidos por los no videntes y detectados por los disminuidos visuales.

Igualmente las plazas aromáticas deberán contar con mapas del lugar y de otros sitios en sistema Braille; juegos adaptados; juegos de mesa especiales para disminuidos visuales tales como ajedrez; rampas de acceso con barandas y bancos.

Fuente: Estracto de los Temas del día del Consejo Municipal de Rosario

http://www.concejorosario.gov.ar/

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